Arakaki Tours · Política Institucional
Política contra la
Explotación Sexual de
Niños, Niñas y Adolescentes
Arakaki Tours asume un compromiso ético, legal e institucional firme contra toda forma de explotación sexual de personas menores de edad vinculada a la actividad turística en el Perú.
Vigencia 2024 · En curso
Aplicación Todo el personal y colaboradores
Jurisdicción República del Perú
01 · Declaración de Compromiso
Posición institucional
de Arakaki Tours
Arakaki Tours declara tolerancia cero ante cualquier forma de explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes (ESNNA) en el entorno del turismo. Esta postura es absoluta, sin excepción, y aplica a todos nuestros colaboradores, guías, proveedores, aliados comerciales y clientes.
Compromiso ético
La protección de la infancia y adolescencia es un valor fundacional de nuestra empresa. Ningún beneficio económico justifica la indiferencia ante situaciones de riesgo o vulneración de derechos de menores de edad.
Compromiso legal
Cumplimos estrictamente la legislación peruana vigente en materia de protección de NNA, incluyendo las obligaciones específicas impuestas al sector turístico por el MINCETUR y el Código Penal peruano.
Compromiso sectorial
Arakaki Tours se alinea con el Código de Conducta Mundial para la Protección de los Niños contra la Explotación Sexual en los Viajes y el Turismo (The Code), promovido por la OMT y ECPAT International.
02 · Conductas Prohibidas
Actos expresamente
prohibidos por esta política
Facilitar o intermediar contacto
Está absolutamente prohibido facilitar, propiciar o intermediar el contacto entre turistas u otras personas con menores de edad con fines de explotación sexual.
Promover o publicitar ESNNA
Queda prohibida toda forma de publicidad, comunicación o referencia, explícita o implícita, que promueva o sugiera la disponibilidad de menores de edad para actos sexuales.
Silenciar o encubrir hechos
Ningún colaborador puede omitir, minimizar, encubrir o no reportar situaciones de las que tenga conocimiento o sospecha razonable de explotación sexual de NNA.
Proveer alojamiento para ESNNA
Está prohibido derivar, recomendar o coordinar alojamiento, transporte u otros servicios con el fin —directo o indirecto— de facilitar la explotación sexual de menores.
Tolerar a proveedores infractores
No se mantendrán relaciones comerciales con proveedores, establecimientos o prestadores de servicios vinculados —directa o indirectamente— a actividades de ESNNA.
Material de abuso infantil (CSAM)
Está terminantemente prohibida la posesión, distribución, producción o acceso a cualquier material de abuso sexual infantil en medios o dispositivos de la empresa.
Consecuencias para el colaborador
El incumplimiento de cualquiera de estas prohibiciones dará lugar a:
• Desvinculación inmediata sin derecho a indemnización
• Denuncia penal ante el Ministerio Público
• Comunicación a MINCETUR y autoridades competentes
• Inhabilitación para prestar servicios en el sector turístico
La omisión de denuncia es también un delito tipificado en el Código Penal peruano (Art. 407°).
Aplicación a terceros
Esta política es de cumplimiento obligatorio para todo el ecosistema de colaboración de Arakaki Tours: guías turísticos, conductores, recepcionistas, personal de reservas, proveedores de alojamiento, restaurantes asociados y cualquier persona natural o jurídica que actúe en nombre de la empresa.
03 · Obligaciones del Personal
Deberes activos de
todos los colaboradores
Denunciar de inmediato ante el responsable de la empresa o directamente ante las autoridades cualquier situación de sospecha o conocimiento de ESNNA en el contexto de los servicios ofrecidos.
Participar en las capacitaciones periódicas sobre identificación de señales de alerta, protocolo de denuncia y marco legal, organizadas por Arakaki Tours o por las autoridades competentes.
Mantener vigilancia activa durante el desarrollo de los servicios turísticos, prestando atención a conductas inusuales de turistas con menores de edad y a condiciones que puedan indicar situaciones de riesgo.
Exhibir el aviso oficial de ESNNA en los espacios de atención al público, conforme a la obligación establecida por la RM N.° 195-2006-MINCETUR y las directivas del MINCETUR.
Verificar a proveedores: antes de establecer relaciones comerciales con nuevos socios o establecimientos, el personal responsable deberá confirmar que dichos actores no tengan antecedentes o vínculos con ESNNA.
Registrar incidentes: toda situación sospechosa o confirmada deberá quedar documentada en el libro de incidencias de la empresa, con fecha, hora, descripción y acciones tomadas.
Señales de alerta a identificar
El personal debe estar atento a los siguientes indicadores de posible ESNNA:
• Adulto que viaja con menores sin vínculo familiar aparente o sin documentos que lo acrediten
• Turista que solicita información sobre menores o que pide derivación a zonas de riesgo
• Menor de edad en situación de calle, desorientado, con signos de maltrato o en compañía de adultos sospechosos
• Solicitudes de servicios de transporte o alojamiento que involucren a menores en horarios nocturnos sin supervisión adulta legítima
• Comportamiento evasivo o nervioso de adultos cuando se les pregunta sobre su relación con menores que los acompañan
Ante cualquier duda, es obligatorio reportar. Más vale una denuncia preventiva que la omisión de un delito.
04 · Protocolo de Actuación
Pasos a seguir ante
una situación de ESNNA
| Paso | Acción | Responsable | Plazo | Tipo |
|---|---|---|---|---|
| 1. Detección | Identificar la situación de riesgo o consumada. No confrontar directamente al agresor. | Todo el personal | Inmediato | Urgente |
| 2. Comunicación interna | Notificar al responsable o gerencia de Arakaki Tours por el canal más rápido disponible. | Colaborador que detecta | Máx. 15 minutos | Urgente |
| 3. Denuncia a autoridades | Llamar a la línea 100 (MIMP), PNP (105) o Fiscalía de Familia. No esperar autorización interna. | Responsable / Gerencia | Inmediato | Obligatorio |
| 4. Protección del menor | Garantizar que el menor no quede expuesto. No tomar fotografías ni divulgar su identidad. | Todo el personal presente | Inmediato | Prioritario |
| 5. Preservar evidencia | No alterar el entorno. Anotar datos del posible agresor (descripción, documentos si los hay). | Responsable | Antes de que llegue PNP | Cautelar |
| 6. Registro interno | Documentar el incidente en el libro de incidencias con todos los detalles disponibles. | Gerencia | Máx. 24 horas | Administrativo |
| 7. Seguimiento | Coordinar con las autoridades el seguimiento del caso y cooperar en toda la investigación. | Gerencia / Área Legal | Continuo | Cooperación |
Línea nacional gratuita — MIMP
100
Atención las 24 horas, los 7 días de la semana · Confidencial · Gratuita desde cualquier teléfono
Policía Nacional del Perú
105
Emergencias policiales · Disponible las 24 horas
CEM — Centro Emergencia Mujer
0800-22000
Gratuita · Atención especializada en violencia y explotación
05 · Marco Legal
Fundamento normativo
de esta política
Legislación penal
Ley N.° 28251 — Modifica el Código Penal tipificando los delitos de explotación sexual comercial de NNA asociados al turismo.
Ley N.° 30838 — Fortalece la prevención y sanción de los delitos contra la libertad e indemnidad sexual, aumentando penas y eliminando beneficios penitenciarios.
Código Penal — Art. 182-A — Turismo sexual infantil: pena privativa de libertad no menor de 4 ni mayor de 8 años para quien promueva o facilite el turismo sexual con menores de edad.
Normativa sectorial turística
RM N.° 195-2006-MINCETUR — Establece la obligación de los prestadores de servicios turísticos de exhibir el aviso preventivo contra la ESNNA y de capacitar a su personal.
DS N.° 029-2004-MINCETUR — Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo que incluye obligaciones en materia de protección de menores.
Plan Nacional de Acción por la Infancia y Adolescencia (PNAIA) — Marco rector de políticas de protección integral de NNA en el Perú.
Instrumentos internacionales
Convención sobre los Derechos del Niño (ONU, 1989) — Ratificada por el Perú. Establece el derecho de todo menor a ser protegido de toda forma de explotación sexual.
Protocolo Facultativo sobre Venta, Prostitución Infantil y Pornografía — Complemento de la Convención, ratificado por el Perú en 2002.
Convenio OIT N.° 182 — Peores formas de trabajo infantil, incluida la explotación sexual comercial.
Adhesiones voluntarias
The Code (ECPAT / OMT) — Código de Conducta para la Protección de la Infancia en el Turismo. Arakaki Tours adopta sus seis compromisos: política, capacitación, cláusulas contractuales, comunicación, denuncia y evaluación anual.
Iniciativa Empresarial contra la Trata de Personas — Marco de acción para empresas del sector turístico en el Perú.
06 · Vigencia y Firma
Aprobación institucional
de la política
Vigencia y revisión
La presente política entra en vigor a partir de su fecha de aprobación y tiene vigencia indefinida, sujeta a revisión anual o cuando cambios normativos así lo requieran.
La gerencia de Arakaki Tours es responsable de su actualización, difusión y cumplimiento. Todos los colaboradores recibirán una copia de este documento al momento de su incorporación y cada vez que sea actualizado.
Capacitación continua
Arakaki Tours se compromete a capacitar a todo su personal al menos una vez al año en materia de identificación, prevención y denuncia de ESNNA, en coordinación con el MINCETUR, la PNP, el MIMP o entidades especializadas como ECPAT Perú.
Declaración de aprobación
La presente Política Institucional contra la Explotación Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes (ESNNA) en el Turismo ha sido aprobada por la Gerencia General de Arakaki Tours y es de cumplimiento obligatorio para la totalidad del personal, colaboradores y socios comerciales de la empresa.
Gerencia General · Arakaki Tours
Fecha de aprobación
Próxima revisión
07 · Contacto
¿Tienes información
sobre un caso de ESNNA?
Si eres colaborador, cliente o tercero y tienes información sobre una situación que pueda constituir explotación sexual de menores en el contexto de nuestros servicios, comunícate de inmediato. Toda denuncia es tratada con absoluta confidencialidad.
Reportar por WhatsApp — +51 979 711 198